Subvenciones para las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo. - Convocatoria 2008 - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S65582/07

Norma:

RESOLUCION de 25 de septiembre de 2007. Real Decreto 469/2006, de 21 de abril. Resolución de 24 de octubre de 2008. Resolucion de 5 de octubre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias.

Se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias por un importe total máximo de 560.000 € a financiar respectivamente con cargo a las aplicaciones 85.01.322A.771.007 (400.000 €) y 85.01.322A.781.001 (160.000 €) de los presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2009, siempre que en la citada aplicación exista crédito suficiente y adecuado en el momento resolutorio definitivo entendiéndose en caso contrario revocado el presente acuerdo y anulados todos los actos que del mismo hayan podido derivarse.

El crédito autorizado podrá resultar incrementado, sin necesidad de nueva convocatoria, por importe de hasta 280.000 € (200.000 € con cargo a la partida 85.01.322 A 771.007 y 80.000 € con cargo a la partida 85.01.322 A 781.001) en función del que se pudiera generar como consecuencia de la distribución
territorial para el ejercicio económico de 2009 de las subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos Generales del Estado que apruebe la correspondiente Conferencia Sectorial.

El régimen regulador de la concesión de estas subvenciones es el establecido en el Real Decreto 469/2006,
de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo y en las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional de los centros
especiales de empleo aprobadas por Resolución del Servicio Público de Empleo de 25 de septiembre de 2007.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención por unidad de apoyo será de 1.200 euros anuales por cada trabajador contratado indefinidamente o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía que se describen a continuación:

a) Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un gado de minusvalía igual o superior al 65%.

La subvención se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos y su jornada, en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de estas subvenciones son las entidades titulares de centros especiales de empleo y dichos centros cuando tengan personalidad jurídica propia, siempre que estén radicados en el Principado de Asturias y de cuya plantilla de trabajadores con discapacidad formen parte trabajadores con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía establecido en el apartado 1 del artículo 3 del citado Real Decreto 469/2006.
En la fecha de solicitud de subvención, los centros especiales de empleo han de figurar calificados e inscritos como tales en el registro oficial correspondiente o han de haber solicitado su calificación e inscripción aun cuando no hubieran obtenido resolución firme al respecto. En este segundo caso su reconocimiento como beneficiarios queda condicionado a la obtención con fecha anterior a la emisión de la propuesta de resolución de concesión de subvenciones, de la resolución de calificación con los efectos que en la misma se establezcan.
No podrán ser beneficiarios aquellos centros en los que concurra alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención se destinará a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las citadas unidades de apoyo durante un período máximo de un año, cuyo inicio de cómputo se determinará asimismo en la citada convocatoria. Dicha contratación se podrá haber realizado tanto durante el período de devengo de la subvención como con anterioridad al
inicio del mismo.
Caso de nuevas contrataciones formalizadas con personal no discapacitado, se deberá acreditar la realización de actuaciones previas dirigidas a la contratación de personal con discapacidad idóneo.

Para el cálculo de la subvención se tomará en consideración la plantilla de trabajadores discapacitados destinatarios de las Unidades de Apoyo a fecha 30 de septiembre de 2008.

La subvención se destina a sufragar los costes laborales y de Seguridad Social derivados del mantenimiento o nueva contratación de los trabajadores de las Unidades de Apoyo devengados entre el 1 de octubre de 2008 y el 30 de septiembre de 2009.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 96
Documento: Real Decreto 469/2006 Descargar Documento
Boletín: 16/10/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 241
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/10/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 16-10-07
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 265
Documento: Convocatoria 2008-2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/10/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 248
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento