Subvenciones para las inversiones no productivas en parcelas agricolas y ganaderas y de fomento al bienestar animal en explotaciones ganaderas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucia 2007-2013.- Modificación.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S47628/09

Norma:

Orden de 9 de junio de 2009. ORDEN de 26 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2010 las ayudas destinadas a inversiones no productivas en parcelas agrícolas y ganaderas y las destinadas al fomento del bienestar animal.

a) Inversiones no productivas (medida 216); cuyo objetivo es por un lado el control de la erosión y la mejora de la biodiversidad a nivel de explotación agraria y por otro lado la mejora de las condiciones de la ganadería extensiva.

b) Fomento del bienestar animal (medida 215); cuyo objetivo es mejorar las condiciones en las explotaciones ganaderas, por encima de los estándares de las condiciones establecidas en la normativa.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima anual por beneficiario será de 30.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sus agrupaciones, comunidades de bienes o cualquier
tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de explotaciones agrarias y que realicen las inversiones no productivas o las actuaciones de fomento del bienestar animal previstas en la presente Orden, en la parte de su explotación agraria
ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Inversiones no productivas
Serán subvencionables, los gastos derivados de las siguientes actividades realizadas en la explotación agraria:

a) La reparación de cárcavas en recintos con pendientes medias iguales o superiores al 8% mediante el establecimiento de elementos de retención que consigan frenar la velocidad del agua.

b) Instalación o reparación de muros de contención.

c) Establecimiento de setos de vegetación para el control de la erosión siguiendo las curvas de nivel del terreno (de forma perpendicular a la línea de máxima pendiente).

d) Establecimiento o implantación de setos de vegetación para favorecer la diversificación del paisaje y la biodiversidad.

e) Establecimiento o implantación de bosques isla en terrenos no cultivados o de tierra arable, con una superficie mínima de 150 m2 y máxima de 1.500 m2.

f) Construcción de charcas artificiales: Deberán tener una superficie mínima ocupada de 100 m².

g) Adquisición de comederos y bebederos para el ganado.

h) Adquisición e instalación de estructuras permanentes para el manejo de ganado (mangas, corrales, embarcaderos y estructuras para aislar zona de comederos).

i) Adquisición e instalación de depósitos de agua, con una capacidad máxima de 50.000 litros por depósito.

2.- Fomento del bienestar animal

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/11/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 216
Documento: Convocatoria 2010, Anexos y Modificación de Bases. Descargar Documento