Subvenciones para las entidades culturales, año 2014.

Código de ayuda:

S45764/14

Norma:

Baztan, 29 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de noviembre del año natural en el Registro General del Ayuntamiento de Baztan.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones para Entidades Culturales para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Baztan (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder no rebasará el 50% del total de los gastos subvencionables y aceptados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar económicamente la realización de actividades socioculturales:

a) Que favorezcan el uso del euskera.

b) De carácter formativo (cursos, talleres, conferencias...).

c) De carácter creativo (exposiciones...).

d) De carácter artístico (teatro, vídeo, conciertos...) u otras de naturaleza semejantes.

e) Que sean abiertas a toda la población.

Conceptos que serán subvencionables:

a) Organización: Únicamente serán subvencionables los gastos que genere directamente la realización y desarrollo del proyecto cultural, no admitiéndose en ningún caso, ni en todo ni en parte, como gasto subvencionable, los gastos de gestión de la estructura de la entidad solicitante (gastos de personal, gastos de mantenimiento de los locales, gastos de mantenimiento de su estructura funcional...).

b) Equipamiento.

Requisitos:

1.–Ser una asociación sin ánimo de lucro.

2.–Tener domicilio social y fiscal en Baztan.

3.–Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no estar en deuda con el Ayuntamiento de Baztan.

4.–No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 188
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento