Subvenciones para las ONG, correspondientes al ejercicio 2005.
Código de ayuda:
S55582/05Norma:
Acuerdo de 6 de octubre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es establecer la regulación del procedimiento para la concesión por el Ajuntament de Betxí, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el desarrollo de programas de cooperación de organizaciones no gubernamentales que dedican su actividad al desarrollo y mejora de las condiciones socioeconómicas de la población de los países subdesarrollados durante el ejercicio 2005, todo ello según lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Betxí, aprobada en sesión plenaria de 20 Junio de 2.005.En lo no expresamente determinado en las presentes bases, regirá lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones.
Las ayudas económicas objeto de la presente convocatoria se destinarán a la realización de programas de cooperación por organizaciones no gubernamentales que dedican su actividad al desarrollo y mejora de las condiciones socioeconómicas de la población de los países subdesarrollados.
En ningún caso el Ayuntamiento pretende financiar con la subvención concedida la totalidad de los gastos ocasionados por el proyecto o actividad desarrollada por las entidades subvencionadas.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Betxí (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad de las subvenciones que se otorgan no podrá superar el 50% del coste del proyecto a desarrollar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones no gubernamentales relacionadas con el objeto de la subvención.No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quines concurra alguna de las circunstancias indicadas en el art 13.2 de la Ley Gral de Subvenciones.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas como asociaciones o fundaciones.b) Tener como finalidad la realización de actividades de cooperación al desarrollo y fomento de la solidaridad entre los pueblos.
c) No tener finalidades lucrativas o depender económicamente o institucionalmente de entidades con ánimo de lucro.
d) Estar al corriente , en el caso de haber recibido subvenciones del Ayuntamiento de Betxí, en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la citada concesión.
Documentos asociados
Boletín:
24/11/2005
BO Provincia de Castellón- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
29/11/2005
BO Provincia de Castellón- Nº 143
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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