Subvenciones para la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura y subvenciones para la comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, con cargo a los fondos estructurales (I.F.O.P.).
Código de ayuda:
S08837/05Norma:
Orden de 17 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Para las líneas de ayuda I y III: del 24/02 al 23/03. Para la línea de ayuda II: del 24/02 al 23/04.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio económico 2005, las subvenciones directas e indirectas para la transformación y subvenciones directas para la comercialización, de los productos de la pesca y la acuicultura, con finalidad estructural, cofinanciadas por la Unión Europea (I.F.O.P.), que tendrán el carácter de plurianual.Se establecen las siguientes líneas de ayuda:
Línea I: Subvenciones directas: Ámbito de la Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Línea II: Subvenciones indirectas: Ámbito de la Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Línea III: Ámbito de la Comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura.
(Consultar Anexos)
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Para la Línea I, seran las Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, sobre las que recaiga la carga financiera de lasinversiones y gastos que se consideran subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda.
Para la Línea 2, serán las Pequeñas y medianas empresas beneficiarias de subvenciones por proyectos de inversión pertenecientes al ámbito de la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, convocadas por la Consejería
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, mediante la orden mencionada en el apartado 2 de la base 1.
Para la Línea 3, serán las Personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas, sobre las que recaiga la carga financiera de
las inversiones y gastos que se consideran subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
23/02/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 38
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
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Boletín:
13/07/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 136
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
29/09/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 192
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
02/10/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 192
Documento: Corrección de errores de la Orden de 13 de septiembre de 2006 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 192
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