Subvenciones para la traduccion literaria.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S16328/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 8 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones a la traducción de:

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en euskera a otras lenguas.

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en castellano por autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca a otras lenguas (excepto al euskera).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En el caso de textos de nivel básico de dificultad 0,011 euros por carácter, sin espacios y
contados en el texto original.

b) En el caso de la poesía y de textos de nivel extraordinario de dificultad 0,017 euros por carácter, sin espacios y contados en el texto original. Será la comisión de valoración la que determine si un texto tiene nivel extraordinario de dificultad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las persona físicas o jurídicas privadas o entidades que pretendan ser beneficiarias de las
subvenciones reguladas por la presente Resolución deberán cumplir los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La traducción de:

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en euskera a otras lenguas.

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en castellano por autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca a otras lenguas (excepto al euskera).

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica, que se dedica profesionalmente o tiene entre sus fines, labores de traducción y edición.

b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento