Subvenciones para la traduccion literaria.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S17246/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El procedimiento para la concesión de subvenciones a la traducción literarias.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En el caso de textos de nivel básico de dificultad 0,011 euros por carácter, sin espacios y
contados en el texto original.

b) En el caso de la poesía y de textos de nivel extraordinario de dificultad 0,017 euros por carácter, sin espacios y contados en el texto original. Será la comisión de valoración la que determine si un texto tiene nivel extraordinario de dificultad.

c) Se priorizará la traducción del idioma original de la obra. Para ello, se obtendrá una puntuación del 5% si se traduce del idioma original.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en euskera a otras lenguas.

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en castellano por autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca a otras lenguas (excepto al euskera).

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica privada o entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad
editorial dentro del marco de desarrollo de su objeto social.

b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento