Subvenciones para la restauración de hórreos, paneras, cabazos y otros elementos de interés etnográfico para particulares e instituciones sin ánimo de lucro radicados en el Principado de Asturias (Línea 2: Hórreos, paneras, cabazos y otros elementos de interés etnográfico).

Código de ayuda:

S25600/18

Norma:

Resolución de 6 de julio de 2016. Resolución de 21 de julio de 2017. Resolución de 7 de mayo de 2018. Resolución de 15 de abril de 2019. Resolución de 8 de octubre de 2019. Resolución de 10 de enero de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de febrero de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 7.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de obras de conservación, restauración o rehabilitación de hórreos, paneras y cabazos, así como otros elementos de interés etnográfico, que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

a) Incluidos en los Catálogos Urbanísticos municipales aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, 19 de abril de 2001, con un nivel de protección integral.

b) Para los municipios que no cuenten con Catálogos urbanísticos aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, 19 de abril de 2001, aquellos elementos que sean anteriores a 1940 y constituyan muestras notables por su talla, decoración, características constructivas o por formar conjuntos.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 150.000 €.

La cuantía máxima no podrá exceder de 7.500,00 euros (no se subvencionarán actuaciones por encima del 75% del presupuesto subvencionable).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a la concesión de las subvenciones, en calidad de beneficiario cualquier persona física o jurídica, o institución, todas ellas sin ánimo de lucro, excluidas las Entidades Locales, que sea propietaria de forma individual o compartida, o poseedora con consentimiento expreso del propietario, hórreos, paneras, cabazos u otros elementos de interés etnográfico que formen parte del Patrimonio Cultural de Asturias.

Documentos asociados

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