Subvenciones, para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.

Código de ayuda:

S06073/19

Norma:

Resolución de 28 de diciembre de 2018. Resolución de 13 de diciembre de 2018. Resolución de 16 de octubre de 2019. Resolución de 4 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tienen por objeto la de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Ministerio de Hacienda (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de ochocientos mil euros (800.000 €).

La cuantía mencionada se distribuirá de la siguiente manera:

2021: 800.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los propietarios, personas físicas, de inmuebles completos o de viviendas, ocupados o vacíos, o en régimen de arrendamiento.

b) Los propietarios, personas físicas, de viviendas en régimen de propiedad horizontal ocupados por ellos mismos.

c) Los arrendatarios, personas físicas, de viviendas o titulares de derecho de uso que deseen acometer los trabajos de rehabilitación, conservando su condición de arrendatario o titular del derecho de uso.

d) Las personas físicas, que deseen adquirir una vivienda rehabilitada dentro del centro histórico para residencia habitual.

e) Las agrupaciones de personas físicas, las comunidades de propietarios y las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la actuación que motiva la concesión de la subvención.

f) Las personas jurídicas propietarias, arrendatarias o titulares de un derecho de uso de inmuebles para las que se desee acometer los trabajos de rehabilitación de elementos especiales y de interés arquitectónico.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones reguladas en las presentes bases se destinarán a la realización de actuaciones en los edificios existentes, entre las definidas en PECHT, en el apartado 1 del artículo 1.7 del capítulo 2.º, del título I, de las Ordenanzas del PECHT, referidas a:

a) Conservación.

b) Consolidación.

c) Restauración.

d) Acondicionamiento.

e) Reestructuración.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 24
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/02/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 29
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/02/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 29
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/11/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 278
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 14/10/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 272
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento