Subvenciones para la redacción y tramitación de instrumentos de planeamiento general a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2018.

Código de ayuda:

S37482/18

Norma:

DECRETO 115/2017, de 18 de julio. ORDEN de 5 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de agosto de 2018 o hasta agotarse el crédito presupuestario.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para el año 2018, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, para la redacción y tramitación de instrumentos de planeamiento general.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de aquellos municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya población sea igual o inferior a 20.000 habitantes, según los datos actualizados por el Instituto Nacional de Estadística disponibles en el momento de la publicación de la convocatoria, y que hayan acordado iniciar o continuar con la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento general.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actividad subvencionable la contratación de las asistencias técnicas precisas para la realización de los trabajos siguientes:

a) Redacción y asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal completo.

b) Redacción y asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal, partiendo de un documento de Avance anteriormente aprobado por el Pleno Municipal.

c) Redacción y asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal, partiendo de un documento completo previo cuya tramitación no se inició por el Pleno Municipal, por no entenderse adecuada la propuesta de ordenación planteada.

d) Redacción y asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal, partiendo de un documento completo previo cuya tramitación no se inició por el Pleno Municipal, y que necesita de una mera adecuación normativa al marco legal vigente.

e) Asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal Aprobado Inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento.

f) Asistencia a la tramitación de un Plan General Municipal Aprobado Provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2017
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