Subvenciones para la realizacion de talleres de empleo con cargo al Programa para la Reactivacion Economica y del Empleo de la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S60528/09Norma:
ORDEN 2297/2009, de 27 de agosto. ORDEN 2902/2006, de 13 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2009 las subvenciones para la realización de Talleres de Empleo de seis meses de duración, destinados a recualificar profesionalmente a los demandantes de empleo procedentes de sectores en crisis, con baja cualificación profesional y que, preferentemente, hayan agotado las prestaciones por desempleo. La recualificación profesional de los desempleados que participen en los proyectos aprobados se realizará en las especialidades formativas relacionadas en el Anexo VI.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía actualizada de los módulos A y B para el año 2009, conforme a la regla de actualización determinada en el apartado 3 del artículo 4 de la Orden 2902/2006, de 13 de diciembre, del Consejerode Empleo y Mujer, y que resultará de aplicación a los proyectos que sean objeto de subvención con cargo a la convocatoria regulada en esta Orden, es:
a) Módulo A: 3,08 euros/hora/alumno/a.
b) Módulo B: 0,84 euros/hora/alumno/a.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
las siguientes entidades sin ánimo de lucro, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid.
b) Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.
d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Financiar los gastos derivados de los proyectos formativos y de los costes salariales de los alumnos/as trabajadores/as, conforme se determina en las bases reguladoras de este programa.Documentos asociados
Boletín:
22/12/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 304
Documento: Orden 2902/2006 - Bases y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 304
Documento: Orden 2902/2006 - Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
07/09/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento