Subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la educación y la cultura de paz.

Código de ayuda:

S44964/06

Norma:

ORDEN ECI/3516/2006, de 14 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Promover la inclusión de iniciativas de educación para la paz y de los valores democráticos en todo el ámbito escolar tanto como contenido curricular como en otros programas escolares.

b) Elaborar materiales didácticos dirigidos a impulsar, desde la óptica de la paz, los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia.

c) Promover un incremento del conocimiento público de los Derechos Humanos y, más concretamente, de la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario.

d) Promover la formación especializada en cultura de paz y más específicamente en técnicas de resolución de conflictos, negociación y mediación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Estar constituidas al menos con dos años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, a excepción de las confederaciones y federaciones recién constituidas, que deberán estar compuestas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a dos años.

c) Estar especializadas y acreditar experiencia en la realización de las actividades objeto de la concesión de la subvención.

d) Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención.

e) Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento