Subvenciones para la realización de proyectos dentro del programa: Garantía +55 años, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S21737/16

Norma:

Orden de 24/05/2016. Resolución de 21/06/2016. Resolución de 03/10/2017. Orden 159/2017, de 12 de septiembre. Resolución de 21/12/2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de noviembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones estarán destinadas a sufragar los siguientes gastos derivados del desarrollo de los proyectos del Programa “Garantía + 55 años”:

a) Por cada persona adscrita a los trabajos de colaboración social: los costes del complemento del subsidio por desempleo para mayores de 55 años previstos en el apartado 2.c) de la disposición séptima, los costes de desplazamiento y de la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional; no pudiendo superar en ningún caso, la cuantía que la entidad beneficiaria abone a las personas adscritas por estos conceptos.

b) Por cada persona contratada para la realización de las acciones de coordinación, formación u orientación: los costes salariales y de Seguridad Social de las personas demandantes de empleo, no ocupadas, inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha que, en su caso, las entidades beneficiarias contraten para desempeñar dichas actuaciones.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención de 500 euros mensuales, por cada persona desempleada que se adscriba a trabajos de colaboración social, no pudiendo superar en ningún caso, la cuantía que la entidad beneficiaria ha de abonar por la totalidad de los conceptos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas mediante la presente Resolución:

Las entidades locales, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las agrupaciones de municipios y las diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, cuyo ámbito territorial de actuación sea la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 107
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Boletín: 28/06/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 125
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