Subvenciones para la realización de proyectos de investigación sobre derechos humanos dirigidas a universidades catalanas, institutos universitarios, centros de investigación, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede social en Cataluña, para el bienio 2010-2011.
Código de ayuda:
S25464/10Norma:
Orden IRP/242/2010, de 31 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/05/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para universidades catalanas, institutos universitarios y centros de investigación situados en Cataluña para la realización de proyectos de investigación sobre derechos humanos:Serán prioritarios aquellos proyectos que trabajen alguno o algunos de los
ámbitos siguientes:
a) Análisis del sistema internacional de protección de los derechos humanos, incluida la participación desde Cataluña en sus órganos de deliberación y decisión.
b) Análisis del desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia de derechos humanos.
c) Derechos humanos y justicia transicional.
d) Análisis del desarrollo de los derechos emergentes y su rol en el sistema
internacional de los derechos humanos.
e) Estudios temáticos sobre los derechos de las mujeres, niños, refugiados,
discriminación racial y pena de muerte.
f) Jurisdicción universal en materia de paz y derechos humanos.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención para cada proyecto es de 15.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Universidades catalanas, institutos universitarios, centros de investigación, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede social en Cataluña entre cuyas actividades figure la investigación.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación, que se debe incorporar mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becaria, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación en el centro que recibe la subvención.b) Adquisición de pequeño equipamiento, inventariable o bibliográfico.
c) Adquisición de material fungible.
d) Otros gastos, como la utilización de servicios de apoyo, viajes, salidas y estancias, que deben ser debidamente justificados y deben estar relacionadas directamente con el proyecto de investigación.
Requisitos:
Los equipos de investigación deben estar formados por un mínimo de dos miembros, y uno de ellos deberá tener un doctorado.Los equipos los pueden formar investigadores e investigadoras de diferentes universidades o centros pero el proyecto, a efectos económicos y administrativos, quedará vinculado a la institución de adscripción de la persona responsable del proyecto.
Esta subvención no es compatible con otras ayudas que pueda recibir la entidad de otras instituciones públicas o privadas para la misma finalidad.
El cumplimiento de estos requisitos debe acreditarse mediante la aportación de la documentación prevista en la base 8.
Documentos asociados
Boletín:
20/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5611
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5611
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento