Subvenciones para la realización de proyectos de investigación sobre derechos humanos dirigidas a universidades catalanas, institutos universitarios, centros de investigación, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede social en Cataluña, para el bienio 2010-2011.

Código de ayuda:

S25464/10

Norma:

Orden IRP/242/2010, de 31 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para universidades catalanas, institutos universitarios y centros de investigación situados en Cataluña para la realización de proyectos de investigación sobre derechos humanos:

Serán prioritarios aquellos proyectos que trabajen alguno o algunos de los
ámbitos siguientes:

a) Análisis del sistema internacional de protección de los derechos humanos, incluida la participación desde Cataluña en sus órganos de deliberación y decisión.
b) Análisis del desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia de derechos humanos.
c) Derechos humanos y justicia transicional.
d) Análisis del desarrollo de los derechos emergentes y su rol en el sistema
internacional de los derechos humanos.
e) Estudios temáticos sobre los derechos de las mujeres, niños, refugiados,
discriminación racial y pena de muerte.
f) Jurisdicción universal en materia de paz y derechos humanos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención para cada proyecto es de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Universidades catalanas, institutos universitarios, centros de investigación, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede social en Cataluña entre cuyas actividades figure la investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación, que se debe incorporar mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becaria, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación en el centro que recibe la subvención.

b) Adquisición de pequeño equipamiento, inventariable o bibliográfico.

c) Adquisición de material fungible.

d) Otros gastos, como la utilización de servicios de apoyo, viajes, salidas y estancias, que deben ser debidamente justificados y deben estar relacionadas directamente con el proyecto de investigación.

Requisitos:

Los equipos de investigación deben estar formados por un mínimo de dos miembros, y uno de ellos deberá tener un doctorado.

Los equipos los pueden formar investigadores e investigadoras de diferentes universidades o centros pero el proyecto, a efectos económicos y administrativos, quedará vinculado a la institución de adscripción de la persona responsable del proyecto.

Esta subvención no es compatible con otras ayudas que pueda recibir la entidad de otras instituciones públicas o privadas para la misma finalidad.

El cumplimiento de estos requisitos debe acreditarse mediante la aportación de la documentación prevista en la base 8.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5611
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento