Subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales.

Código de ayuda:

S54991/17

Norma:

Orden ARM/1498/2009, de 21 de mayo. Resolución de 3 de noviembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Del 28 de noviembre de 2017 y finalizará el día 27 de diciembre de 2017, a las 15:00 horas (hora peninsular).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en el marco del Plan Nacional I+D+i para el año 2017.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto disponible en esta convocatoria anticipada es de 1.144.511,15 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1) Centros públicos de I+D+i, Las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I + D+ i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I+D+i vinculados o dependientes de administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D+i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas.

2) Centros privados de investigación y desarrollo universitarios: universidades privadas, sus departamentos, o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

3) Y el resto de beneficiarios relacionados en el Apartado 6 de la Orden 1498/2009 de 21 de mayo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos susceptibles de beneficiarse de este régimen de ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos en las líneas prioritarias incluidas en el Programa de Investigación de la Red de Parques Nacionales.

Las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

1. Costes de personal: Costes ocasionados por la incorporación al proyecto de personal técnico de apoyo, sin vínculo estatutario o contractual permanente con el organismo solicitante, que podrá participar en aquél durante toda o una parte de su duración, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación a dicho organismo.

2. Pequeño equipamiento (material inventariable): Costes debidamente justificados tales como los de adquisición de pequeños equipamientos científico-técnicos, material bibliográfico, etc.

3. Material fungible.

4. Viajes y dietas.

5. Otros gastos como la utilización de grandes instalaciones de apoyo a la investigación, análisis de muestras, actualización de sistemas de análisis de datos, tasas de publicación de artículos, etc.

6. Costes indirectos: En concepto de costes indirectos, los proyectos beneficiarios podrán recibir hasta un 15 % de los costes directos totales concedidos.

Documentos asociados

Boletín: 09/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 139
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/11/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/11/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento