Subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus).- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S00164/17

Norma:

Orden de 22/12/2016. Resolución de 04/10/2017. Orden 121/2018, de 17 de julio. Resolución de 20/07/2018. Resolución de 19/09/2018. Resolución de 30/10/2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de noviembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar y efectuar, para el ejercicio 2019, la convocatoria de subvenciones para la realización de
proyectos de formación y prácticas no laborales en empresas, destinados a personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus).

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para esta convocatoria la cantidad subvencionada en concepto de prácticas no laborales será de 29.32 euros por trabajador y día laborable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Para las subvenciones en concepto de formación y orientación: las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción conforme a la normativa vigente, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada.

b) Para las subvenciones en concepto de prácticas no laborales: las empresas que, con independencia de su forma jurídica, ejerzan actividad económica, incluidas las comunidades de bienes y, en el marco del proyecto, suscriban un acuerdo con las personas destinatarias que hayan superado la fase formativa y obtenido el certificado de profesionalidad para la realización de prácticas no laborales, en base al Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre. Dichas empresas deberán solicitar en su propio nombre la subvención por este concepto.

c) El alumnado participante en la fase de formación tendrá derecho a la percepción de una beca en concepto de asistencia, en los términos recogidos en la presente orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvención en concepto de formación.

b) Subvención en concepto de orientación laboral.

c) Subvención destinada a becas de los alumnos durante la fase de formación.

d) Subvención en concepto de prácticas no laborales.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su caso, en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

Documentos asociados

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