Subvenciones para la realizacion de proyectos de cooperacion en paises en vias de desarrollo para el ejercicio 2007 del Ayuntamiento de Mostoles.
Código de ayuda:
S44537/07Norma:
MÓSTOLESPlazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/06/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Móstoles, a través de la Concejalía de Cooperación, para la realización de proyectos dirigidos a promover la cooperación al desarrollo en países en vías de desarrollo.La convocatoria se dirige a todas aquellas organizaciones no gubernamentales y entidades dedicadas a la cooperación para el desarrollo, sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula quinta.
Las organizaciones participantes solo podrán presentar un proyecto.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Móstoles (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las ONG que presenten proyectos para la presente convocatoria deben de cumplir los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Comunidad de Madrid, como mínimo, un año antes de la convocatoria.
b) Disponer de sede central o delegación en Móstoles o en su defecto en la Comunidad de Madrid. A estos efectos se entenderá por delegación aquella que cuente con personal permanente de la organización, ya sea contratado o voluntario y local fijo donde realizar sus actividades.
c) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y capacidad operativa, medios materiales y técnicos que resulten necesarios para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
e) No tener deudas de pago en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Móstoles, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará a petición de la Concejalía de Sanidad, Servicios Sociales, Mayores, Consumo y Cooperación.
f) No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, según la Ley 38/2003 o la Ley General Tributaria.
g) Hallarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
22/05/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento