Subvenciones para la realización de proyectos de cooperación con países en vías de desarrollo año 2006.

Código de ayuda:

S38382/06

Norma:

TAFALLA

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene como objeto:
La cofinanciación de proyectos, a través de la concesión de subvenciones, para la ejecución de los mismos en "Países en vías de desarrollo" y dirigidos a promocionar el desarrollo humano local en los campos de la educación, formación, salud, vivienda, defensa de los derechos humanos, desarrollo económico o infraestructuras que beneficien a comunidades rurales o urbanas y que impliquen la participación activa de dichas comunidades y de sus instancias representativas en su proposición, gestión y ejecución y tengan una consideración especial al impacto medioambiental y al uso sostenible de recursos naturales.

Las áreas prioritarias de actuación para la presente convocatoria son:

−Proyectos que se desarrollen en aquellos países con menor desarrollo humano, prioritariamente Uganda, Nigeria, Kenya, Malí, Mozambique y Etiopía.
−Proyectos que tengan por objeto la promoción y desarrollo de la Mujer, mejora de sus condiciones de vida y el fomento de sus derechos y oportunidades.

La cantidad destinada en el año 2006 para estas actividades asciende a: 21.400,00 euros.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Tafalla (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones, Instituciones o Asociaciones solicitantes que deseen acogerse a las subvenciones de la presente convocatoria, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser personas jurídicas, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo, teniendo su documentación actualizada.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fin expreso, según sus propios estatutos o en sus memorias de actividades de años anteriores, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de
la solidaridad entre los pueblos.
d) Tener sede social o señalar una delegación en Navarra.
e) Ser activa en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, ya sea en cuanto a la gestión de programas de cooperación, de ayuda humanitaria o a la promoción de la sensibilización sobre la situación de los países del Sur. Para ello deberán documentar las actividades realizadas en el último año.
f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativas que resultan necesarias para el logro de los objetivos
propuestos.
g) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Foral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

−Las subvenciones concedidas podrán cubrir los gastos de adquisición y transporte de materiales, suministros, equipos y otros activos productivos, así como los de personal y los de funcionamiento.

−El destino de la subvención a adquisición de terrenos o bienes inmuebles tendrá carácter excepcional y, en todo caso, queda condicionada a la presentación de toda la documentación necesaria que informe
sobre su situación legal y demuestre que efectivamente pueden ser comprados. Además, la titularidad de estos bienes deberá recaer en alguna instancia comunitaria representativa de la población donde se
ejecuta el proyecto. Esta última condición también es válida para los proyectos que consisten en la construcción de nuevos edificios.

−Las subvenciones podrán cubrir, en su caso, los gastos correspondientes a personal cooperante expatriado. El importe máximo por este concepto será del 10 por 100 del total de la subvención.

−Las subvenciones podrán cubrir, en su caso, los gastos correspondientes a personal cooperante expatriado. El importe máximo por este concepto será del 10 por 100 del total de la subvención.

−Las subvenciones podrán cubrir, en su caso, gastos asociados a actividades de sensibilización, siempre que éstos se detallen, hasta un máximo del 3 por 100 de la subvención.

Requisitos:

−Deben contar con al menos un 10 por 100 de financiación procedente de fondos propios, de otras Administraciones Públicas o de otras Entidades.

−Los gastos administrativos y de gestión, para los que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 7 por 100 del presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 123
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento