Subvenciones para la realizacion de proyectos de ayuda humanitaria a traves de los Centros Navarros en la Republica Argentina y Chile.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S24782/11Norma:
ORDEN FORAL 21/2011, de 12 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno destina a financiar acciones humanitarias de los Centros Navarros, dirigidas a colectivos desfavorecidos y especialmente vulnerables de la República Argentina y Chile, a realizar durante el año 2011.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los Centros Navarros y en Chile, siempre que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Adquisición de alimentos u otros productos e insumos de primera necesidad.b) Adquisición de equipamientos de servicios básicos para la prestación de la ayuda humanitaria: reposición de pequeñas herramientas, mantenimiento de instalaciones, elementos de carpintería, lámparas, etc.
Todo aquello que no se considere inversión inventariable.
c) Pequeñas reparaciones de centros de servicios básicos.
d) Ayudas económicas personales a personas nacidas en Navarra o descendientes de las mismas residentes en Argentina y Chile que se encuentren en situación de extrema necesidad.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituida e inscrita como asociación en el Registro Oficial correspondiente.b) Carecer de ánimo de lucro y tener como objeto social la organización de actividades sociales.
c) Contener, dentro de la denominación oficial de la entidad la expresión "Navarra", palabra derivada de la misma u otra expresión de referencia inequívoca y exclusiva a la Comunidad Foral de Navarra.
d) Contar con estatutos internos debidamente aprobados.
e) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
f) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
29/04/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento