Subvenciones para la realizacion de proyectos de actividades de caracter educativo para la Tercera Edad.

Código de ayuda:

S21291/08

Norma:

Orden EDU/19/2008, de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden establece las bases reguladoras y convoca subvenciones con el objeto de que se realicen proyectos de actividades de carácter educativo para la Tercera Edad, en el período comprendido entre el mes de enero y el 31 de octubre de 2008.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a conceder durante el año 2008, cuyo importe global no podrá superar la cantidad de
18.030 euros, se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria2008.09.05.324A.484 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2008.

La cuantía de las subvenciones con las que se financie cada uno de los proyectos, estará determinada por las disponibilidades presupuestarias y en función de la ponderación de los criterios establecidos para la concesión, no pudiendo exceder la cuantía de 3.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria las fundaciones privadas y asociaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que trabajen con personas de la denominada Tercera Edad, que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas conforme a la Ley Orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Quedan exceptuadas de la presente convocatoria la Universidad Nacional Aulas de la Tercera Edad de
Cantabria (UNATE), las Asociaciones de Alumnos, las Asociaciones de Padres y de Madres, Confederaciones y Federaciones de Asociaciones de Padres/Madres de Alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las organizaciones sindicales, que se regirán por sus respectivas convocatorias.

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades incursas en alguna de las prohibiciones
contempladas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas actividades tendrán como objetivo adquirir, actualizar, completar o ampliar las competencias básicas
de las personas de la Tercera Edad, fomentar la participación y favorecer el desarrollo de actitudes que permitan a las personas mayores mantener un papel activo en la sociedad.

No se subvencionarán gastos de inversiones en infraestructura y/o equipamiento (informático, audiovisual,
etc.) ni aquellos de carácter lúdico, recreativo y asistencial (fisioterapeuta, gimnasia, etc.) ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los conceptos de gasto inherentes a las actividades del proyecto y en los conceptos que se indican a continuación:

- Ponentes (charlas, coloquios, conferencias, monitores, etc.).
- Material fungible.
- Alquiler de material.
- Edición de revistas, periódicos, etc.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 60
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento