Subvenciones para la realizacion de programas de implantacion, seguimiento y renovacion de la Marca de Calidad Turistica Española a empresas privadas - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S31100/10

Norma:

Orden 10/2010, de 29 de abril. Resolución nº 296/2010, de 19 de mayo. Resolución nº 133/2011, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de programas de implantación de sistemas de calidad que conduzcan a la obtención, seguimiento y renovación, de la certificación correspondiente de la “Marca de Calidad Turística Española emitida por el I.C.T.E. (Instituto para la Calidad Turística Española).

Las ayudas reguladas tienen por objeto la concesión de subvenciones a:

a) La realización de programas de implantación de sistemas de calidad que conduzcan a la obtención de la certificación correspondiente de la “Marca de Calidad Turística Española” emitida por el I.C.T.E. (Instituto para la Calidad Turística Española).

b) La realización de programas de seguimiento y renovación de la certificación correspondiente de la Marca de Calidad Turística Española” emitida por el I.C.T.E.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global de la subvención será como máximo del 50 por ciento de los gastos realizados, no pudiendo exceder en ningún caso de la cantidad de 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables:

a) Los gastos notariales y registrales directamente relacionados con la actividad subvencionada.

b) Los gastos de asesoría jurídica y financiera.

c) Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los haya abonado efectivamente.

d) Los gastos de redacción de proyectos y dirección de obra.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/06/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 70
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 04/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 44
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento