Subvenciones para la realización de planes de formación, dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I) para la anualidad 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S45719/16

Norma:

Orden de 15/11/2012. Resolución de 18/11/2016. Resolución de 02/06/2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2016, para la realización de para la realización de planes de formación destinados prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I) para el ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 6.417.000,00 euros, 6.109.000,00 euros para la anualidad 2016 y 308.000,00 euros para la anualidad 2017.

La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción conforme a la normativa vigente de Formación Profesional para el Empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes de formación intersectoriales generales, compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de los trabajadores/as de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores/as.

b) Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores/as autónomos/as.

c) Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores/as y socios/as de la economía social.

d) Planes de formación integrados por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad (de itinerario completo o parcial) en las ocupaciones reguladas recogidas en el Anexo IV.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación sectorial de aplicación.

c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para desarrollar, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la actividad subvencionada, con sujeción a lo indicado por la normativa vigente en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

f) Las entidades podrán solicitar subvenciones para la realización de cualquiera de los planes contemplados en el apartado 3 de la disposición Primera, con un máximo del 30% del importe presupuestado para cada tipo de plan.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 225
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 229
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 13/06/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 114
Documento: Ampliación plazo ejecución Descargar Documento