Subvenciones para la realizacion de mapas municipales toponimicos en papel.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S41800/12

Norma:

ORDEN de 31 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/01/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones para la realización de mapas municipales toponímicos en papel.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía máxima de la subvención se determinará aplicando las siguientes fórmulas:

Siendo «H» la subvención máxima expresada en euros, y «S» la superficie del municipio, parzonería o asociación de municipios, expresada en kilómetros cuadrados.

H = 10.000, para valores de «S» inferiores o iguales a 30 km2.

H = 9.000 + 100 x S /3, para valores de «S» comprendidos entre 30 y 90 km2.

H = 12.000, para valores de «S» superiores o igual a 90 km2.

La subvención en ningún caso tendrá un importe superior a 12.000 euros.

2.– Para los mapas que correspondan a renovaciones o actualizaciones, en ningún caso, la cantidad efectivamente abonada con cargo a esta Orden podrá superar el 70% del coste neto (excluidos IVA y demás impuestos) de los honorarios de la realización de los trabajos subvencionados indicados en la correspondiente factura.

Cuando la entidad solicitante lo haga por primera vez, el límite máximo será del 85%.

3.– Las cuantías de las subvenciones que finalmente se concedan, podrán ser inferiores a los importes inicialmente calculados con arreglo a las fórmula contempladas en este árticulo, en el supuesto de aplicación del prorrateo o regla proporcional prevista en el árticulo 6 de esta Orden.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos, Parzonerías, Mancomunidades y Asociaciones de municipios de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización del mapa municipal toponímico en papel, a escala igual o de mayor detalle que 1/30.000. Dicho mapa habrá de abarcar la totalidad del término municipal, en el caso de que la entidad solicitante sea un Ayuntamiento o, en el caso de que la subvención sea solicitada por alguna otra entidad de las contempladas en el artículo 3, la totalidad del territorio que represente. En este último supuesto, cuando la superficie total de la entidad sea igual o superior a 300 km2, la escala será igual o de mayor detalle que 1/45.000.

Requisitos:

Para acceder a la subvención las entidades solicitantes habrán de reunir el requisito de no encontrarse sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o hallarse incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 14/11/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 220
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento