Subvenciones para la realizacion de mapas municipales en papel y cartografia urbana.
Código de ayuda:
S72046/07Norma:
ORDEN de 14 de noviembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/01/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden regular la concesión de las subvenciones destinadas a cubrir gastos correspondientes a los honorarios de la realización de los siguientes tipos de trabajos:1.a) Mapa municipal en papel, a escala igual o de mayor detalle que 1/30.000. Dicho mapa habrá de abarcar la totalidad del término municipal, en el caso de que la entidad solicitante sea un Ayuntamiento, o, en el caso de que la subvención sea solicitada por alguna otra entidad de las contempladas en el artículo 3, la totalidad del territorio que represente.
La entidad solicitante utilizará la toponimia de la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco
como base para el trabajo, y para obtenerla remitirá una solicitud escrita a dicha institución.
Los trabajos se ejecutarán con sujeción al Pliego de bases técnicas mínimas que facilitará el Servicio de Cartografía de la Dirección de Ordenación del Territorio.
1.b) Cartografía urbana digital, en suelo urbano residencial, en suelo urbano de actividades económicas y
en suelo del sistema general de equipamientos, a escala obligatoria y única 1/500, necesaria para definir todo tipo de detalle sobre el mobiliario urbano, unida a la Infraestructura Geodésica de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Red GPS de Euskadi).
Las subvenciones contempladas en la presente Orden son compatibles entre sí, de modo que una misma entidad podrá resultar beneficiaria de subvenciones destinadas a ambos tipos de trabajos.
Al amparo del régimen contemplado en la presente Orden, serán objeto de subvención aquellos trabajos que, reuniendo los requisitos de contratación expresados en el artículo 8, se hayan iniciado con posterioridad a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Igualmente podrán ser objeto de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3, los trabajos de renovación o actualización de aquellos mapas cuya antigüedad sea superior a los dos años contados desde la fecha de la factura del trabajo anterior y hasta de fecha de publicación de la presente orden en el BOPV.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar Artículo 5.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder, con arreglo a las condiciones, requisitos y procedimiento que se establecen en la presente Orden, a la condición de beneficiarios de las subvenciones, los Ayuntamientos, Parzonerías, Mancomunidades y Asociaciones de municipios de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a las beneficiarias de éstas, quedarán
condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose
iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Para acceder a las subvenciones las entidades solicitantes habrán de reunir el requisito de: «No encontrarse sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o hallarse incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello».
Documentos asociados
Boletín:
30/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 231
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 231
Documento: Convocatoria Descargar Documento