Subvenciones para la realizacion de los programas de Talleres de Empleo y Unidades de Promocion y Desarrollo.- Convocatoria 2012.- Corrección.- Modificación.

Código de ayuda:

S42155/12

Norma:

Resolución de 15/11/2012. Resolución de 17/04/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de Talleres de Empleo y
Unidades de Promoción y Desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Módulo A: 3,37 euros/hora/alumno/a.

Módulo B: 0,94 euros/hora/alumno/a.

La aportación económica para cada Unidad de Promoción y Desarrollo se determinará en la resolución individualizada de concesión de la subvención correspondiente, destinándose exclusivamente a sufragar los siguientes
costes:

a) Los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con personal directivo, técnico y de apoyo.

Para el año 2012, la cuantía de la ayuda para el personal técnico será 37.153,92 euros por jornada completa y por año por cada componente, reduciéndose proporcionalmente, en su caso, en función de la jornada y duración de cada contrato. Esta ayuda se incrementará en un 20% para la persona que ostente la Dirección de la Unidad de Promoción y Desarrollo.

Para el personal de apoyo será de 20.192,34 euros por jornada completa y por año por cada componente, reduciéndose proporcionalmente, en su caso, en función de la jornada y duración de cada contrato.

Las cantidades indicadas se estiman como subvenciones medias por costes salariales del personal de las Unidades de Promoción y Desarrollo, sin que ello condicione necesariamente los salarios efectivamente establecidos por la entidad promotora.

b) Los gastos derivados del funcionamiento de las Unidades de Promoción y Desarrollo.

Para el año 2012 se establecen en 3.715,94 euros por jornada completa, persona y año, reduciéndose proporcionalmente, en su caso, en función de la jornada y duración de cada contrato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

b) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo.

Requisitos:

a) Tener el domicilio social o disponer, al menos, de una delegación o centro de trabajo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

b) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligadas a ello, y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la administración regional, y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada reglamentariamente.

d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 225
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 225
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/01/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 9
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 25/04/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 80
Documento: Modificación Descargar Documento