Subvenciones para la realización de la Cabalgata de Reyes 2006.

Código de ayuda:

S52846/05

Norma:

Acuerdo de 7 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a las entidades ciudades que con sus proyectos concretos cumplimenten las actividades de competencia municipal, concretamente la organización de la Cabalgata de Reyes de 2006, aportando los medios materiales y personales necesarios para el cumplimiento de este fin.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención que se conceda será compatible con otras ayudas, ingresos o recursos que para la misma finalidad puedan conceder otras Entidades públicas o privadas.
En caso de percibir ayudas para realización de los proyectos o de los gastos que se subvencionan, se hará constar por el peticionario en la solicitud de subvención o inmediatamente, cuando se conozca tal circunstancia si es posterior a la solicitud.

En todo caso, la subvención municipal sumada a otras, de carácter publico o privado y para la misma actividad, no podrán superar el 100 por 100 del coste de la citada actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Entidades ciudadanas del Distrito de Usera inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Declaradas de Utilidad Pública Municipal.

Requisitos:

Específicos:
• Que estén inscritas en el Registro Municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.
• Que su domicilio social radique el Distrito de Usera.
• Que hayan obtenido la declaración de Utilidad Publica Municipal conforme lo que dispone el Reglamento Orgánico del Distrito de Usera.
• Que, en su caso, haya justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid, y la citada justificación haya sido favorable, así como no tener deuda en periodo ejecutivo con la Tesorería del Ayuntamiento de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 10/11/2005
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5677
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento