Subvenciones para la realización de actuaciones complementarias de compensación educativa dirigidas al seguimiento y prevención del absentismo escolar, al desarrollo de actividades de apoyo socioeducativo, la prevención de la violencia en los ámbitos escolar y familiar y la atención educativa domiciliaria de alumnado convaleciente matriculado en las enseñanzas escolares no obligatorias en la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S14437/06Norma:
ORDEN 2298/2006, de 25 de abril. ORDEN 3734/2006, de 30 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular los requisitos y condiciones a que deberá ajustarse la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin fines de lucro, sometidas a régimen de concurrencia competitiva, para la realización de acciones dirigidas a desarrollar espacios socioeducativos que favorezcan la integración del alumnado con necesidades de compensación educativa, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria.Estas acciones se centrarán, específicamente, en programas de seguimiento y prevención del absentismo escolar, actividades de apoyo socioeducativo en horario no lectivo para alumnado en desventaja socioeducativa o alumnado convaleciente de niveles escolares no obligatorios y programas de prevención de la violencia escolar y familiar.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo que se podrá solicitar en esta convocatoria por cada proyecto no superará los 6.400 euros.En caso de superarse esta cantidad se desestimará la solicitud.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Serán destinatarios de estas subvenciones aquellas entidades privadas, sin ánimo de lucro, constituidas legalmente, siempre que el ámbito de actuación de los proyectos para los que se solicita subvención radique en la Comunidad de Madrid, y no tengan suscrito convenio de colaboración específico o contrato con la Consejería de Educación para subvencionar este tipo de actividades.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones para las que se solicite subvención deberán adecuarse a alguna de las siguientes modalidades:Modalidad I: Acciones dirigidas al seguimiento y prevención del absentismo escolar, actuaciones de apoyo socioeducativo, en horario no lectivo, o programas de prevención de la violencia escolar y familiar en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Infantil, Educación Primaria o Educación
Secundaria.
Modalidad II: Actuaciones de atención educativa domiciliaria para alumnado, de niveles escolares no obligatorios, convaleciente en períodos superiores al mes de ausencia del centro escolar.
Documentos asociados
Boletín:
17/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
30/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 127
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
04/09/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Modificación Bases Reguladoras Descargar Documento
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