Subvenciones para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de Casas de Juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil.
Código de ayuda:
S15200/06Norma:
ORDEN 2272/2006, de 21 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid y Organismos de ellas dependientes para la realización de actividades para los jóvenes y para la adquisición de equipamiento básico de Casas de Juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil.La finalidad de las subvenciones que se regulan es fomentar y consolidar en las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid la promoción de servicios estables para los jóvenes.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Municipios, Mancomunidades y demás Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid válidamente constituidas, así como los Organismos de ellas dependientes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionarán con cargo a las presentes bases reguladoras los programas básicos y complementarios que promuevan las actividades de fomento de la calidad de vida, la participación y la emancipación de los jóvenes.Se consideran programas básicos los de formación en animación juvenil, empleo juvenil, vivienda joven, información juvenil, educación intercultural, asociacionismo juvenil, consumo responsable, educación intercultural y prevención de la violencia, racismo y la xenofobia, así como aquellas actividades que se programen con motivo de la Semana de la Juventud de la Comunidad de Madrid.
Se consideran programas complementarios aquellos que se refieran a actividades culturales específicamente juveniles, educación ambiental, naturaleza y tiempo libre, arte joven, intercambios juveniles, voluntariado y ocio alternativo en fin de semana.
Asimismo, se subvencionará la adquisición de equipamiento básico para Casas de Juventud y locales juveniles y servicios de información juvenil.
No se subvencionarán las actividades deportivas, actividades docentes previstas en los planes de estudios vigentes, actividades de formación e información de educación para la salud o aquellas que tengan como objeto o contenidos los propios de la educación formal, así como viajes de fin de curso u otras actividades extraescolares de similar naturaleza.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento