Subvenciones para la realización de actividades para las sociedades de cazadores.
Código de ayuda:
S05828/05Norma:
Resolución de día 17 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actividades por las sociedades federadas de cazadores, para el ejercicio 2005, cuya competencia ha sido atribuida a la Conselleria de Medi Ambient.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Movilidad (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establece una cantidad máxima de subvención por sociedad de cazadores del 75% del coste de las actuaciones, con carácter general, hasta un máximo de 18.000 euros de subvención por sociedad.Para las sociedades de cazadores con función social reconocida en la fecha de publicación de esta resolución, se incrementará el porcentaje máximo hasta el 90%, y la cantidad máxima hasta los 21.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las sociedades de cazadores de carácter no lucrativo, miembros de la Federación Balear de Caza a día 1 de enero de 2005.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Alquiler de terrenos de Caza para uso de las sociedades, en forma de cotos o lugares de caza.2. Adquisición de jaulas trampa para la captura en vivo de predadores.
3. Siembras para la caza (no se podrá tocar el cultivo ni podrán entrar animales a pastar hasta el 30 de septiembre).
Se ha de adjuntar un plano con la localización de las parcelas sembradas.
4. Cursillos y conferencias, incluidos los estudios técnicos y los gastos de ferias.
5. Repoblaciones con especies autóctonas de perdiz y conejo, antes de la época de cría, en los meses de febrero y marzo, a razón de 0.4 piezas/ha como máximo, o según las previsiones del plan técnico de caza aprobado.
6. Mejoras de hábitats de los cotos. Las actividades deberán señalarse en un plano.
7. Señalización reglamentaria del coto.
8. Chips de identificación canina, gastos veterinarios de vacunas y desparasitaciones de perros de caza, y seguros de éstos.
Documentos asociados
Boletín:
19/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
15/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 42
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 42
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento