Subvenciones para la realizacion de actividades formativas en el sector del transporte publico por carretera - Convocatoria 2008 y Modificación de las Bases.

Código de ayuda:

S29200/07

Norma:

ORDEN de 6 de marzo de 2007. ORDEN de 17 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la realización de actividades formativas relacionadas con el transporte por carretera.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención cubrirá el 90 por 100 de los gastos presupuestados y efectivamente realizados, excluido IVA, hasta un máximo de 40.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte y los sindicatos de trabajadores, con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:

— En la realización de cursos, seminarios o jornadas, los de profesorado o ponentes, material didáctico y fungible, alquiler de instalaciones, equipos y útiles de trabajo, dirección y coordinación, y difusión y publicidad de la acción formativa.

— En la edición de libros u otros materiales, los de elaboración y difusión de los mismos.

La ayuda concedida para atender los gastos de dirección y coordinación y los de difusión y publicidad ascenderá conjuntamente como máximo al 15 por 100 de la subvención total. En ningún caso se subvencionarán por este concepto los gastos de desplazamiento.

Requisitos:

a) Realizar alguna de las actividades que se indican a continuación:

— Desarrollo, en centros ubicados en la Comunidad de Madrid, de cursos, seminarios o jornadas sobre materias relacionadas con el transporte, o sobre otras que resulten de utilidad para la gestión de una empresa de transporte por carretera o el desempeño de un puesto de trabajo en la misma, dirigidos a personas vinculadas al sector del transporte.

— Edición de libros u otros materiales de finalidad formativa sobre las materias mencionadas en el apartado anterior, con la exclusión de folletos y de aquellos otros cuyo contenido consista en su mayor parte en una recopilación de normas.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid.

c) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No superar la ayuda máxima permitida por el régimen de “minimis”.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 30/06/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 154
Documento: Convocatoria 2008, Modificación de las Bases y Anexos Descargar Documento