Subvenciones para la realizacion de actividades deportivas y financiacion de gastos de organizacion y funcionamiento con destino a las federaciones deportivas de Cantabria.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S10700/13

Norma:

Orden ECD/39/2013, de 2 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la organización de actividades deportivas por las federaciones deportivas cántabras así como su adecuada organización y funcionamiento, y a tal efecto, se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para esa finalidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones no podrá superar el 75% del coste de la actividad subvencionada,
ni la cuantía de 250.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las federaciones deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En concreto, se considerarán gastos objeto de subvención:

a) Los destinados a la adquisición de los bienes y servicios necesarios para el ejercicio de la actividad subvencionada que no originen un aumento de capital o del patrimonio (gastos
corrientes o de funcionamiento).

b) Los gastos originados por la adquisición de bienes que reúnan alguna de las características
siguientes:

a) Ser bienes fungibles.

b) Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.

c) No ser susceptibles de inclusión en inventario.

d) Ser, previsiblemente, gastos reiterativos.

Requisitos:

a) Se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de
Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

b) Salvo autorización expresa de la Dirección General de Deporte o en los casos legalmente
previstos, no hayan iniciado el procedimiento electoral, de conformidad con lo establecido en la Orden ECD/13/2012, de 18 de marzo, por la que se establecen los criterios a los que habrán de ajustarse las federaciones deportivas cántabras para la elección de los miembros de sus
Asambleas Generales y Presidentes.

c) Hayan incumplido las obligaciones previstas en los artículos 66.2 (comunicación del presupuesto) y 72.1 (rendición de cuentas anuales) del Decreto 72/2002, de 20 de junio, de
desarrollo general de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento