Subvenciones para la realización de actividades deportivas durante el año 2005.
Código de ayuda:
S12255/05Norma:
Acuerdo de 3 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a entidades o personas físicas o jurídicas, para el desarrollo de programas de interés general relativos a la práctica deportiva, durante el año 2005.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Laviana (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones.El importe de la subvención o ayuda, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Todas las entidades descritas en la base I de la presente convocatoria, es decir, entidades o personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:1. Tener plena capacidad de obrar y en el caso de las personas jurídicas estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el registro que corresponda, así como en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Laviana. En caso de no estar inscrita por tener ámbito provincial o estatal, fotocopia compulsada de los estatutos o de la escritura de constitución, inscritas en el Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate, o haber solicitado la inscripción.
2. No estar incursas las personas jurídicas, las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E del 18 de noviembre). En caso de asociaciones, no estar incursas en las causas de prohibición establecidas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
3. Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Laviana, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento de Laviana o de los sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, no exceda de 3.000 euros/año, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal.
4. Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
5. No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según le Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
6. Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Laviana o por el Patronato Municipal de Deportes.
7. Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la base IV de esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
28/03/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento