Subvenciones para la realizacion de actividades de informacion, orientacion y busqueda de empleo.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S01528/12Norma:
ORDEN de 30 diciembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/02/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a las entidades que realicen acciones de información, orientación y búsqueda de empleo articuladas en itinerarios personalizados de inserción profesional y dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de los demandantes de empleo inscritos en el Servicio Público de Empleo de Galicia.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En ningún caso el importe de la subvención que se otorgue al amparo de esta orden podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, estatales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las entidades que tengan personalidad jurídica propia y carezcan de fines lucrativos, en concreto:a) Las universidades públicas.
b) Las diputaciones provinciales.
c) Los ayuntamientos que, por si solos o asociados, tengan una media de paro registrado en el año 2011 superior a 500 personas.
d) Las mancomunidades, consorcios o cualquier otra forma de agrupación que comprenda, al menos, a tres ayuntamientos gallegos.
e) Las confederaciones y asociaciones empresariales y sindicales de Galicia, y las fundaciones dependientes de las organizaciones empresariales y sindicales de Galicia especializadas en la realización de acciones de información y orientación laboral. En este caso sólo se considerarán las solicitudes de mayor ámbito territorial, es decir, se denegarán aquellas solicitudes de las entidades mencionadas cuando existan solicitudes susceptibles de resolución favorable presentadas por asociaciones o confederaciones de un ámbito territorial más amplio a las que pertenezcan o estén asociadas.
f) Las entidades especializadas en atención a determinados colectivos, preferentemente con disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales, que realicen acciones de información y orientación profesional de acuerdo con lo previsto en estas bases reguladoras y siempre que acrediten su condición de centros especiales de orientación o la existencia de un colectivo cuantificable de difícil inserción laboral.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La elaboración de diagnósticos individualizados sobre el perfil, las necesidades y las expectativas de las personas demandantes de empleo mediante entrevistas personalizadas, para poder encontrar o mantener un empleo o acceder a uno nuevo.b) La información sobre el mercado de trabajo y los incentivos y medios disponibles para el fomento de la contratación y el apoyo a las iniciativas emprendedoras.
c) El diseño, elaboración y realización de itinerarios individuales y personalizados de empleo a las personas desempleadas a través de información y orientación profesional para el empleo y el autoempleo, para la mejora de su cualificación profesional y de su empleabilidad.
d) Los contactos con las empresas para difundir información sobre sus iniciativas para facilitar la inserción laboral, realizando así mismo una prospección de las necesidades de las empresas y el casamiento entre las ofertas y demandas de empleo y favoreciendo el acercamiento entre las necesidades de las empresas y las posibles personas candidatas.
e) La información y orientación sobre el proceso de reconocimiento de las competencias adquiridas por la experiencia laboral para las personas demandantes de empleo mediante la acreditación oficial de su cualificación a través de certificados de profesionalidad.
f) La información y el asesoramiento a las personas demandantes de empleo sobre la oferta de acciones de formación profesional para el empleo, con acreditación oficial a través del Repertorio de certificados de profesionalidad cuando estén vinculadas al Catálogo nacional de cualificaciones, así como de los títulos de formación profesional.
Requisitos:
a) Disponer de locales con despacho o despachos adecuados para la atención individual a los demandantes de empleo.b) Disponer de una cuenta de correo electrónico que actúe como buzón del servicio (por lo que en su denominación deberá constar, necesariamente, el término «orientación» y la denominación de la entidad), a los efectos de realizar las comunicaciones con la entidad solicitante.
c) Conexión con la Red Corporativa de la Xunta de Galicia. La conexión se podrá hacer de tres formas diferentes:
– Acceso básico dedicado RDSI.
– Acceso a la red corporativa por línea dedicada ADSL.
– Acceso a la red corporativa vía internet.
En cualquiera de las tres opciones, el hardware de comunicación que posibilite la conexión a la Red Corporativa de la Xunta de Galicia tendrá que cumplir los estándares definidos por el organismo gestor de dicha red.
d) Disponer de un ordenador personal con protocolo TCP/IP. La conexión del ordenador a la Red Corporativa de la Xunta de Galicia deberá ser exclusiva. Una vez establecida esta, no se podrá acceder a él a través de otros canales de comunicación por elementos situados en redes ajenas a la propia entidad.
Queda expresamente prohibido el uso de técnicas NAT, proxy o similares en el canal de comunicación que oculten la identidad única de la estación de trabajo.
La dirección IP de la estación de trabajo debe ser fija en cualquiera de las tres modalidades de conexión.
En cualquiera de las modalidades de acceso, los diferentes elementos de la red de comunicación permitirán la apertura de sockets TCP desde los servicios centrales del Servicio Público de Empleo de Galicia hasta la estación de trabajo del usuario. Tanto el software de base instalado como las características del hardware de la estación de trabajo deberán posibilitar el correcto funcionamiento del aplicativo cliente del Servicio Público de Empleo de Galicia.
e) Disponer de acceso a internet y correo electrónico y aplicar medidas de seguridad de nivel medio en el tratamiento de la información de carácter personal. Además, se deberá contar con software antivirus debidamente actualizado y con mantenimiento periódico en todas las estaciones de trabajo que tengan acceso a la Red Corporativa de la Xunta de Galicia.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
11/01/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
06/07/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 129
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 129
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