Subvenciones para la realización de actividades de fomento de la caza y de la pesca en Castilla y León 2006. Y Bases Reguladoras.
Código de ayuda:
S59046/05Norma:
ORDEN MAM/1804/2005, de 30 de diciembre, ORDEN MAM/1749/2005, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actividades relacionadas con el fomento de la caza y de la pesca que conduzcan a una sensibilización social sobre el correcto ejercicio de dichas actividades y los problemas que les afectan, así como establecer cauces para que se pueda producir una cada vez mayor colaboración entre las entidades que agrupan a cazadores y pescadores y la Administración Regional.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Actividades relacionadas en el apartado a) de la base tercera ....50%b) Actividades relacionadas en los apartados b) y c) de la base tercera ....75%
c) Actividades relacionadas en el apartado d) de la base tercera ......100%
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que se relacionan a continuación, sobre las materias que constituyan su objeto institucional o social:a) Federación de Caza de Castilla y León, Federación de Pesca de Castilla y León, Federación Castellano-leonesa de Galgos, y sus Delegaciones Territoriales.
b) Sociedades de cazadores o de pescadores de Castilla y León.
c) Otras Instituciones y Entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, cuya actividad se desarrolle en el territorio de Castilla y León.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Realización de cursos, jornadas o seminarios que propicien una mejora de la información, conocimiento o sensibilización sobre las especies cinegéticas, los ecosistemas que las sustentan, su gestión, y la incidencia sobre los mismos de la práctica de la caza o sobre los ecosistemas acuícolas, las especies que albergan, y la incidencia sobre los mismos de la práctica de la pesca.b) Toma de datos y elaboración de estadísticas sobre los resultados de la temporada de pesca o de la temporada de caza. Las estadísticas sobre resultados de caza, deben referirse a un ámbito territorial que resulte representativo de, al menos, una comarca cinegética.
c) Elaboración y distribución de material divulgativo sobre los temas descritos en la letra a) de esta base.
d) Actuaciones de mejora del hábitat acuícola.
La adquisición de material sólo será subvencionable cuando se trate de material fungible.
Requisitos:
No podrán solicitar estas subvenciones ni las Entidades Locales, ni tampoco aquellas entidades beneficiarias a las que se les haya revocado mediante resolución firme de incumplimiento la subvención concedida en los términos que se fije en la correspondiente orden de convocatoria.En ningún caso podrán ser beneficiarios aquellos solicitantes en los que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
27/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 3
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento