Subvenciones para la realización de actividades de Alfabetización y Educación Básica para Personas Adultas.

Código de ayuda:

S14964/04

Norma:

ORDEN 1758/2004, de 10 de mayo. ORDEN 3135/2005, de 10 de junio. ORDEN 2480/2006, de 5 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades educativas dirigidas a las personas adultas y encaminadas a desarrollar los objetivos de la formación contemplados en el Título III de la LOCE, artículo 52.2, en los apartados b) “Desarrollar programas y cursos para responder a determinadas necesidades educativas específicas de grupos sociales desfavorecidos” y d) “Desarrollar su capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica”, objetivos recogidos asimismo en el Decreto 128/2001, de 2 de agosto, por el que se establece el marco de actuación para la Educación de Personas Adultas en la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.
En función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias, la Comisión de Evaluación establecerá el límite de las ayudas económicas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán participar las Entidades Sociales sin finalidad de lucro legalmente constituidas, con implantación en la Comunidad de Madrid y que tengan entre sus fines estatutarios o fundacionales actuaciones de formación dirigidas a la población adulta.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se financiarán aquellos proyectos que contribuyan prioritariamente a realizar actividades de formación dirigidas a los siguientes colectivos:
a) Personas analfabetas o con escasa formación básica.
b) Grupos sociales en clara situación de desventaja y que presenten necesidades específicas de formación:
— Personas con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad.
— Minorías étnicas e inmigrantes que requieran el aprendizaje de la lengua y cultura española, así como otras formaciones básicas u ocupacionales.
— Mujeres en edad activa con escasas cualificaciones básicas y profesionales que se encuentran en situación de riesgo de maltrato o violencia doméstica.

Se subvencionarán principalmente los siguientes conceptos: Material didáctico, actividades educativas, mantenimiento y reparaciones, entendiéndose éstas como derivadas por el uso; alquiler de locales y transporte del profesorado (un máximo de 241 euros, por persona y curso).
Estas ayudas no financiarán, en ningún caso, gastos de personal.

Requisitos:

a) Disponer de personal con titulación y dedicación adecuada a las enseñanzas que se van a impartir.
b) Disponer de espacios equipados adecuadamente para la actividad propuesta y en condiciones de funcionamiento y seguridad que faciliten la calidad del servicio.
c) Presentación de proyecto en el que se justifique la necesidad de las actividades educativas en alguno de los sectores prioritarios que a continuación se especifican.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 126
Documento: Convocatoria curso 2004/2005 Descargar Documento
Boletín: 21/06/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 146
Documento: Convocatoria curso 2005/2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/05/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 122
Documento: Convocatoria curso 2006/2007 y Anexos Descargar Documento