Subvenciones para la realización de acciones relativas a Programas Experimentales en materia de Ocupación.
Código de ayuda:
S48537/05Norma:
Resolución TRI/2780/2005, de 14 de septiembre. Bases en TRI/357/2004, de 27 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/10/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria para el año 2005 para la presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de programas experimentales en materia de empleo.Los programas experimentales de ocupación son aquellos que tienen por objeto el desarrollo de planes integrales de ocupación que combinen acciones de diferente naturaleza como son: información, orientación y asesoramiento; formación; práctica laboral y movilidad geográfica, con la finalidad de conseguir la inserción laboral de los desocupados.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Trabajo (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento a los desocupados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación en el ámbito territorial de Cataluña de los siguientes tipos de programas:a) Programas experimentales para desocupados, preferentemente perceptores de prestaciones.
Con carácter general, al menos el 60% de los beneficiarios de estos programas experimentales tendrán que ser perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo.
Este porcentaje será menor en el caso de que el número de beneficiarios de prestaciones o subsidios, inscritos como demandantes de ocupación en el ámbito de actuación en que tenga que desarrollarse el programa, no se alcanza el citado porcentaje.
El objetivo de inserción para este colectivo de beneficiarios tendrá que ser al menos del 35% de los demandantes atendidos durante el desarrollo del programa.
b) Programas experimentales para desocupados admitidos en el programa de la Renta Activa de Inserción. Asimismo, se considerará programa experimental el que se desarrolle de acuerdo con lo establecido, cuando todos los participantes en el mismo sean desocupados previamente admitidos al programa de la renta activa de inserción, todo de acuerdo con lo establecido en la disposición reguladora del citado programa.
En estos programas, el objetivo de inserción laboral tiene que ser, como mínimo, del 30% de los demandantes de ocupación atendidos durante el desarrollo de los mismos.
Con carácter general, se considerará que se ha conseguido la mencionada inserción laboral cuando, durante la vigencia del programa experimental de ocupación, el desocupado sea contratado como trabajador por cuenta ajena para un periodo no inferior a 6 meses.
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4235
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4235
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
03/10/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4481
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4481
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento