Subvenciones para la realización de acciones de orientación y actuaciones complementarias, dirigidas a personas paradas de larga duración con discapacidad, correspondiente al ejercicio 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37528/16

Norma:

DECRETO 155/2016, de 20 de septiembre. Orden de 14 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan las subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación y actuaciones
complementarias dirigidas a personas paradas de larga duración con discapacidad, correspondientes al ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará:

a) Los costes salariales y de Seguridad Social se calcularán tomando como referencia el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual, referido a 14 pagas, vigente a fecha de publicación de las correspondientes órdenes de convocatoria, teniendo en cuenta que los cálculos para cada trabajador imputado en un 100% al programa y 100% de la jornada laboral, fijado tanto anualmente como mensualmente se establece en:

1º. Técnico Superior: 5 veces el IPREM anual total.

2º. Técnico Medio: 4,20 el IPREM anual total.

3º. Auxiliar Administrativo: 3 veces el IPREM anual total.

La determinación del personal técnico necesario para la realización de las acciones de orientación se establecerá a partir del módulo de 1.500 horas /año /técnico, y teniendo en cuenta su programación y la cronología de sus acciones, para dichas actuaciones se podrá contratar personal de categoría técnica superior o media con las titulaciones especificada en el artículo 8 del presente decreto.

El límite anual se ajustará al periodo de ejecución de las acciones fijado en el artículo 17 del presente decreto.

b) Dietas y desplazamientos: El importe de las dietas o gastos de desplazamientos no podrá ser superior al que la Junta de Extremadura establece en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de indemnizaciones por razón de servicio.

c) Gastos generales: Se aceptarán gastos generales por un importe máximo del 16% del proyecto.

d) El importe de las prácticas no laborales se establecerá, para unas prácticas de 150 horas, en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente a fecha de publicación de la orden de convocatoria.

El importe del desplazamiento que, en su caso, les correspondan a las personas que realizan las prácticas no laborales, se establecerá en 0,22 € por km con un máximo de 500 € por persona usuaria y mes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en este decreto, las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Público de Empleo en la realización de las acciones recogidas en este decreto para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 185
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 207
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 207
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento