Subvenciones para la puesta en practica en Galicia durante los años 2009 y 2010 de programas integrados para el empleo.
Código de ayuda:
S03646/09Norma:
Orden de 30 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/02/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La puesta en marcha de programas de empleo dirigidos a la colocación en el mercado de trabajo de las personas desempleadas, mediante el ensayo de fórmulas experimentales de actuación y tratamiento integrado de la inserción laboral.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para el desarrollo de los planes integrales de empleo, la financiación total se determinará en elcorrespondiente convenio de colaboración, en función del número de personas a atender y los objetivos previstos de inserción, siendo la cantidad máxima a percibir de 1.800 euros por persona atendida y 5.400 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo. En ningún caso, teniendo en cuenta ambos parámetros, se podrá percibir una cantidad superior a 2.400 euros de promedio por desempleado objeto del plan.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Personas con discapacidad.b) Personas inmigrantes.
c) Mujeres con problemas de integración laboral.
d) Personas desempleadas en riesgo de exclusión social.
e) Perceptores de subsidios y prestaciones por desempleo, de la Renta Activa de Inserción o de la Renta de Integración Social de Galicia.
f) Colectivo de personas desempleadas de larga duración.
g) Entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones locales que acrediten experiencia en la realización
de acciones dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los costes salariales y de Seguridad Social del personal necesario para el apoyo y/o formación de losdemandantes de empleo, incluyendo el personal que presta servicios en la entidad beneficiaria y aquel otro
que pudiera contratarse a tal fin, hasta un límite de 42.000 euros anuales por trabajador. En el primer
caso, se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto.
Las retribuciones se refieren a la prestación de servicios a jornada completa. Las retribuciones se acomodarán proporcionalmente a la jornada que se desarrolle en el caso de que la prestación de servicios sea a tiempo parcial.
b) Gastos de dietas y desplazamiento de dicho personal y de los demandantes que participen en el plan.
c) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados
participantes en el plan, así como, las pólizas de seguros para la formación técnica y prácticas ocupacionales de los mismos, en caso necesario.
d) Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para impartir la formación, con
límite del 10% del coste total del proyecto.
e) Gastos generales, materiales y técnicos, con el límite del 25% del coste total del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
19/01/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento