Subvenciones para la puesta en marcha de planes locales de juventud a traves del Programa Pueblos durante el año 2011, al amparo del Decreto 89/2005, de 12 de abril.

Código de ayuda:

S15428/08

Norma:

ORDEN de 27 de febrero de 2008. Decreto 89/2005, de 12 de abril. ORDEN de 26 de diciembre de 2008. ORDEN de 21 de diciembre de 2009. ORDEN de 16 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y consolidar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como la promoción de la adecuada utilización del ocio, la calidad de vida y el bienestar de los/las jóvenes de nuestra Comunidad Autónoma a través de programas integrales y específicos de actuación.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de los Jóvenes y del Deporte (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las mancomunidades integrales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los planes locales de juventud a traves del Programa Pueblos durante el año 2011.

Serán elegibles como gastos a subvencionar, los siguientes conceptos:

— Material fungible.

— Gastos de transporte.

— Gastos de personal, justificándose de conformidad con la legislación vigente.

— Gastos de estancia.

— Gastos de manutención.

— Gastos de alquiler y mantenimiento.

— Gastos de publicidad y difusión propios de la actividad.

— Otros gastos de imprenta.

Requisitos:

No podrán ser consideradas beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación de no estar incursos en las prohibiciones contenidas en dichos apartados se realizará mediante la presentación de declaración responsable en los términos expresados en el apartado 7 del mencionado precepto.

Documentos asociados

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