Subvenciones para la proteccion de murcielagos.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00528/13

Norma:

Resolución nº 1524, de 28 de diciembre de 2012. Orden 15/2006, de 12 de septiembre. Resolución nº 1699, de 27 de diciembre de 2013. Resolución nº 1903, de 30 de diciembre de 2014. Resolución 29/2016, de 3 de febrero. Resolución 60/2017, de 27 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15/06/2017 para el caso de colonias de reproducción y hasta el 15/11/2017 para el caso de colonias de hibernacion.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2017 las ayudas reguladas por la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, que regula el régimen de concesión de subvenciones para la protección de murciélagos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aprobar el gasto correspondiente a la convocatoria correspondiente al año 2017 de las subvenciones para la protección de murciélagos, de acuerdo a la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, por un importe total de diecisiete mil euros (17.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellos propietarios, o personas en quien deleguen, de edificaciones de carácter privado, en cuyo interior se encuentre una colonia de reproducción o de hibernación de las especies de murciélagos afectadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actuación subvencionable será la de evitar, durante la estancia de los murciélagos en el edificio, producir perturbaciones o molestias en las zonas ocupadas por aquellos que puedan interferir en el desarrollo favorable del periodo reproductor o de hibernación.

Las especies de murciélagos afectadas serán las siguientes: murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), murciélago de Geoffroy (Myotis emarginatus), murciélago de Bechstein (Myotis bechsteinii), murciélago de bosque (Barbastella barbastellus), murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii).

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