Subvenciones para la promoción y publicidad de largometrajes cinematográficos y de producciones de gran formato.

Código de ayuda:

S12355/07

Norma:

RESOLUCIÓN CMC/330/2007, de 25 de enero.

Plazo de Solicitud:

La convocatoria correspondiente establecerá el plazo de presentación de solicitudes.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es subvencionar la inversión realizada en promoción y publicidad de los largometrajes cinematográficos y producciones de gran formato que se hayan estrenado a partir del 2 de diciembre del segundo año anterior al de la publicación de la convocatoria correspondiente y hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria, que no hayan recibido con anterioridad del ICIC una subvención por el mismo concepto.

También podrán optar a esta subvención las producciones estrenadas entre el 2 de diciembre del segundo año anterior al de la publicación de la convocatoria correspondiente y el 31 de octubre del año anterior al de la publicación de dicha convocatoria que no hayan recibido con anterioridad por parte del ICIC una subvención por el mismo concepto.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción independiente que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

Requisitos:

Para poder ser beneficiario/a de las subvenciones se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Aquellas empresas productoras que opten a la ayuda de la convocatoria correspondiente y no hayan iniciado el rodaje en el momento de su publicación, deberán comunicar al Instituto Catalán de las Industrias Culturales o al Ministerio de Cultura la fecha de inicio del rodaje en un plazo no inferior a los quince días previos, y la del fin del rodaje en un plazo no superior a los treinta días posteriores.
b) Haber obtenido el certificado de nacionalidad y la calificación por edades.
c) Que el largometraje se haya exhibido en Barcelona, en local habitualmente de estreno y con una permanencia en cartelera de 7 días, como mínimo, y en todas las sesiones. El requisito de proyección en todas las sesiones no será de aplicación en el caso de las producciones de gran formato.
d) Las empresas de producción solicitantes deberán entregar a la Filmoteca de Cataluña, material de preservación (interpositivo o internegativo de imagen) en soporte 35 mm poliéster y el negativo de sonido sincronizado de la versión íntegra, original y estrenada del largometraje, así como una copia en DVD del mismo, junto con la documentación utilizada para la realización, promoción y difusión de la obra
cinematográfica, como el guión, carteles, fotografías, músicas, carátulas u otros materiales.

En el caso de que el formato original de rodaje no sea fotoquímico, se entregará el negativo generado mediante procesos digitales o, si éste no existe, se podrá depositar un disco duro con formato .DPX a la máxima resolución utilizada en la producción. En todos los casos, estos materiales corresponderán a la versión íntegra, original y estrenada del largometraje.

Estos materiales no serán en ningún caso objeto de uso comercial y servirán para contribuir a la consecución de los objetivos de la Filmoteca de Cataluña de conservación y difusión del patrimonio fílmico y documental de Cataluña.
No es necesario aportar los materiales indicados en la letra e) en el caso de que la empresa solicitante ya los haya presentado anteriormente en la Filmoteca de Cataluña y no hayan experimentado ninguna modificación.

Documentos asociados

Boletín: 15/02/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4822
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento