Subvenciones para la promocion y fomento de comunidades originarias de Castilla-La Mancha y casas regionales de otras comunidades o ciudades autonomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S14019/14

Norma:

Orden de 31/03/2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de actividades de promoción social, laboral y cultural desarrolladas por las comunidades originarias de Castilla-La Mancha y por las casas de otras comunidades y ciudades autónomas, ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, así como sus gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de subvención a percibir por proyecto será igual al resultado de multiplicar los puntos de valoración obtenidos, conforme a los criterios de baremación de la base séptima, por el gasto subvencionable aprobado, y con el límite máximo de 3.000,00 euros por proyecto y beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Para la línea de comunidades originarias, las comunidades originarias de Castilla-La Mancha, reconocidas por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de esta Orden.

b) Para la línea de casas regionales, las asociaciones representativas de la actividad cultural de otras Comunidades Autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, tales como casas regionales u otras entidades análogas, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Para la línea de comunidades originarias:

1º. Proyectos de información, orientación y asesoramiento a emigrantes castellano-manchegos en los ámbitos legal, sociolaboral, educativo, cultural o de participación ciudadana, con el fin de mejorar las condiciones de integración en la región o en el país o comunidad en que residan.

2º. Proyectos y actividades que tengan por objeto el conocimiento y mantenimiento de las raíces culturales de los emigrantes castellano-manchegos y que fomenten la relación de éstos entre sí, así como la convivencia entre éstos y la comunidad de acogida.

3º. Proyectos dirigidos a facilitar a emigrantes castellano-manchegos residentes en el extranjero el contacto con la realidad regional y la comunicación con otros emigrantes de Castilla-La Mancha mediante la promoción del asociacionismo y el desarrollo de actividades de animación sociocultural.

4º. Gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

b) Para la línea de casas regionales:

1º. Proyectos de información, orientación y asesoramiento a la población originaria de otras Comunidades Autónomas residentes en Castilla-La Mancha en los ámbitos legal, sociolaboral, educativo, cultural, de participación ciudadana, con el fin de mejorar las condiciones de integración en la región.

2º. Proyectos y actividades que tengan por objeto el conocimiento y mantenimiento de las raíces culturales de otras Comunidades Autónomas en la región.

3º. Proyectos dirigidos a facilitar a la población originaria de otras Comunidades Autónomas residentes en Castilla-La Mancha el contacto con la realidad regional mediante la promoción del asociacionismo y el desarrollo de actividades de animación sociocultural.

4º. Gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social, circunstancia que deberá ser acreditada con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, en la forma prevista en esta Orden y la legislación concordante.

b) No incurrir el interesado o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003 de 25 de noviembre del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) En su caso, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en los términos previstos en la Orden de 26 de marzo de 2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales, en materia de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/05/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 93
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento