Subvenciones para la promocion y difusion de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S74037/08

Norma:

ORDEN DEF/3557/2008, de 3 de diciembre. Resolucion 150/38249/2009, de 2 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la realización de las actividades de promoción, difusión y fomento de la cultura de defensa, y mejorar el conocimiento de las Fuerzas Armadas, con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales.

Todo ello, de conformidad con las previsiones contenidas en el plan estratégico de subvenciones aprobado por la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, con carácter previo, cada año, el
cual establecerá las prioridades temáticas de los proyectos a subvencionar.

Dichas prioridades ordenarán los proyectos a subvencionar en razón del especial interés en satisfacer los objetivos fijados para el ejercicio anual, y entre cuyas actividades se incluirán las siguientes:

a) Cursos, seminarios, foros, y otras actividades de divulgación que refuercen la conciencia de la defensa nacional a través de la difusión en la ciudadanía de la actividad que desarrollan las Fuerzas Armadas españolas, dentro y fuera de nuestras fronteras.

b) Proyectos de investigación, estudios, seminarios, foros de estudio y actividades afines relacionados con la Política de Seguridad y Defensa.

c) Estudios y análisis, así como seminarios, encuentros y actividades de análoga naturaleza que se centren en un enfoque integral para la resolución de conflictos y gestión de crisis, y las nuevas perspectivas de la
relación entre las Fuerzas Armadas, las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales y demás entidades públicas o privadas con respecto a la realización de misiones internacionales de paz y de asistencia humanitaria.

d) Proyectos de investigación, seminarios, cursos, encuentros y otras actividades de divulgación en los que se desarrollen estudios a favor de la paz, y en especial, sobre el papel de las Fuerzas Armadas como instrumento para garantizar la seguridad y defensa de España, contribuir a la paz mundial y colaborar en tareas de protección de los ciudadanos.

e) Trabajos de investigación, seminarios, jornadas y exposiciones especialmente enriquecedores en el ámbito de la protección y difusión de la historia militar.

f) Estudios, trabajos de investigación, seminarios, jornadas y exposiciones que versen sobre el patrimonio histórico y cultural de las Fuerzas Armadas; comprendiendo los aspectos relacionados con el patrimonio
documental, bibliográfico o museológico.

g) Estudios, programas de divulgación de la cultura de defensa y actividades complementarias que tengan como destinataria a la población estudiantil universitaria.

h) Actividades de difusión de las funciones de las Fuerzas Armadas que tengan como protagonistas o destinatarios primordiales a los estudiantes de enseñanzas no universitarias (educación primaria y secundaria).

i) Realización de estudios sociológicos acerca de la implantación de la cultura de defensa en la sociedad, de la difusión de la conciencia de defensa nacional, o temas de análoga naturaleza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Defensa ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Organismos públicos españoles, entidades públicas y fundaciones del sector público vinculadas o dependientes de las administraciones públicas españolas. Se excluyen los organismos, entes y unidades orgánicamente dependientes del Ministerio de Defensa.

b) Entidades privadas sin ánimo de lucro de nacionalidad española.

c) Las personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Con carácter general, se consideran gastos subvencionables aquéllos que responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, que se efectúan dentro del período de realización de la actividad –del 1 de enero al 30 de noviembre de 2010–, y cuyo coste de adquisición no supere el valor de mercado.

2. Se entenderá como gasto realizado el gasto pagado.

3. Los gastos notariales, registrales, periciales o de asesoría jurídica se considerarán subvencionables siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para su preparación o ejecución. Su importe total no podrá superar el 10 % de la cantidad concedida.

4. No se admitirán como gastos subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales. Los tributos son subvencionables cuando el beneficiario los abona efectivamente.
No son subvencionables en ningún caso los impuestos indirectos recuperables ni los impuestos personales sobre la renta.

Requisitos:

a) Cumplir los requisitos y no encontrarse incurso en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Los beneficiarios de las ayudas deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y en las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad con los criterios detallados en los Artículos 18, 19, 20 y 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (BOE nº 176 de 25
de julio de 2006).

b) La persona jurídica deberá estar legalmente constituida, sea pública o privada. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 09/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 296
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/11/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 270
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento