Subvenciones para la promocion, difusion y/o normalizacion del euskera en la sociedad(Convocatoria Euskalgintza).- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S14000/13

Norma:

ORDEN de 2 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar para el ejercicio 2013 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria Euskalgintza).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención adjudicada a cada proyecto no superará el importe solicitado a la Viceconsejería
de Política Lingüística. No obstante, no será superior a 30.000 euros ni inferior a 2.000 euros.

No se concederán importes inferiores a dicha cantidad. Consecuentemente, todo proyecto que se
encuentre en esta situación quedará excluido de la subvención. En cualquier caso, aquel proyecto que no obtenga 28 puntos en el criterio indicado en el apartado a) del artículo 13.1 de esta Orden no podrá percibir una subvención superior a 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en las actividades de los grupos de tiempo libre: formación y elaboración de materiales dirigidos a los monitores y monitoras; desarrollo de actividades ajenas al horario escolar.

b) Proyectos que tienen por objeto impulsar y promover el uso del euskera, tanto oral como
escrito, en las relaciones sociales, desde la perspectiva que supone el salto del conocimiento
de la lengua a su uso habitual. Se priorizarán determinados grupos sociales: infancia y juventud, euskaldun berris.

c) Proyectos destinados a intensificar, promover y fortalecer el uso del euskera en las actividades deportivas de tiempo libre de niños, niñas y jóvenes.

d) Proyectos destinados al acercamiento de personas vascas no vascohablantes (erdaldunes) al euskera, así como aquellos que tienen por objeto dar a conocer a dichas personas las a ctividadescreadas y realizadas en euskera.

e) Proyectos cuyo objeto sea recopilar, salvaguardar o digitalizar y difundir información relativa al patrimonio del euskera.

f) Jornadas destinadas a analizar diferentes aspectos relacionados directamente con el euskera.

g) Proyectos dirigidos a homenajear a personas y colectivos por su trabajo a favor del euskera.

h) Proyectos cuyo objeto sea la consolidación de la transmisión del euskera en el ámbito familiar.

i) Proyectos destinados a incentivar el hábito de la lectura en euskera: actividades dirigidas a desarrollar la destreza lecto-escritora, premios, concursos, encuentros entre escritores y escritoras, con lectores y lectoras, y guías literarias.

j) Proyectos destinados a promocionar la creación cultural en euskera relacionados con las
mujeres: conferencias, exposiciones y talleres.

k) Iniciativas destinadas a la promoción de actividades y proyectos orientados al fomento del
uso del euskera entre la población inmigrante.

l) Proyectos destinados a impulsar y proteger aportaciones de calidad elaboradas y difundidas
en euskera, según parámetros de excelencia.

m) Juguetes, juegos y pasatiempos realizados en euskera.

Requisitos:

No podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se hallan sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la
posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o están incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento