Subvenciones para la promocion del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autonomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autonoma de Aragon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S15682/12

Norma:

DECRETO 111/2012, de 24 de abril. ORDEN de 3 de julio de 2012. ORDEN de 11 de diciembre de 2012. ORDEN de 11 de marzo de 2013. ORDEN de 11 de septiembre de 2013. DECRETO 36/2014, de 14 de marzo. ORDEN de 27 de marzo de 2014. ORDEN de 23 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2015, las subvenciones para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas recogidas en el presente decreto están acogidas al régimen de minimis establecido en el Reglamento (CE) nº 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006 (DOUE 28/12/2006) que establece que la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, siendo aplicable dicho Reglamento desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2013. Cuando la empresa opere en el “sector del transporte por carretera”, el importe máximo aplicable será de 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Serán beneficiarios de las subvenciones previstas en el Capítulo I del Título II aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho título, se hayan establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio. También podrán ser beneficiarios los trabajadores autónomos o por cuenta propia cuando formen parte de sociedades civiles, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.

2. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en el Capítulo II del Título II las microempresas independientes de nueva creación establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón. Las empresas ya constituidas podrán solicitar, en el plazo de seis meses desde su constitución, la calificación como MILE en los términos señalados en los artículos 16 y 17.

3. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en el Capítulo III del Título II las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La promocion del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autonomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autonoma de Aragon.

Requisitos:

- No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en el presente decreto las sociedades o entidades calificadas como Empresa de Inserción Laboral o como Centro Especial de Empleo.

- No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en el presente decreto quienes incurran en cualquiera de las prohibiciones generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en cualquiera de las prohibiciones específicas establecidas en este decreto para cada tipo de subvención. Tampoco podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta norma quienes hubiesen sido excluidos del acceso a beneficios de los programas de empleo como consecuencia de sanciones impuestas por la comisión de infracciones reguladas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 84
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 18/06/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 117
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 19/07/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 140
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/01/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 1
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 19/03/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 55
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 15/05/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 93
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 12/09/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 180
Documento: Ampliacion Plazo Presentacion. Descargar Documento
Boletín: 19/03/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 55
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 24/04/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 79
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 19/01/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 11
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento