Subvenciones para la promoción de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi en el año 2025.
Código de ayuda:
S25646/25Norma:
ORDEN de 9 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de octubre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases regulan, para el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones para la promoción de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención podrá alcanzar hasta el 75 % del presupuesto admitido de los gastos de realización de las actividades para las que se solicita subvención. Dicho porcentaje máximo deberá mantenerse con respecto a las cantidades finalmente justificadas.No obstante lo anterior, la subvención por entidad beneficiaria no podrá superar en ningún caso la cantidad de 30.100,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas, los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de biblioteca/s pública/s, las entidades locales competentes, así como las entidades municipales con funciones atribuidas en materia de bibliotecas municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán susceptibles de ser subvencionadas todas aquellas actividades que se realicen durante el ejercicio 2025, y que tengan por objeto fomentar la lectura, especialmente entre los/las niños/as y los/las jóvenes, y promover actividades de extensión bibliotecaria y extensión cultural en las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.Requisitos:
Únicamente podrá haber una entidad beneficiaria por municipio, por lo que en aquellos municipios en los que haya más de una solicitud tendrá preferencia la del Ayuntamiento sobre la del resto de entidades solicitantes. En el caso en el que concurran varias entidades solicitantes, sin que ninguna de ellas sea elAyuntamiento, tendrá preferencia la entidad que gestione mayor número de bibliotecas.
Documentos asociados
Boletín:
01/09/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 164
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 164
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento