Subvenciones para la promoción de la Danza.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S21655/17Norma:
ORDEN de 3 de mayo de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de junio de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden regular las condiciones de concesión de subvenciones para actividades de danza que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2017.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según modalidad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Sin perjuicio de otras condiciones establecidas para cada modalidad, podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes:a) Modalidad de Creación Coreográfica: personas físicas empadronadas en cualquier Municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
b) Resto de modalidades:
– Ser personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Respecto a este requisito, quedan expresamente excluidas las entidades sin personalidad jurídica, en general, y las comunidades de bienes, en particular.
– Estar dado/a de alta, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades subvencionables al amparo de esta convocatoria serán aquellas que se especifican y describen en los capítulos correspondientes a cada una de las siguientes modalidades:– Cap. II: Creación Coreográfica.
– Cap. III: Obras de Danza I.
– Cap. IV: Producción II.
– Cap. V: Consolidación de Compañías de Danza.
– Cap. VI: Formación Permanente y Apoyo a Profesionales de la Danza.
Documentos asociados
Boletín:
16/05/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 91
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 91
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