Subvenciones para la programacion de acciones formativas experimentales y complementarias de las especialidades del fichero del Servicio Publico de Empleo Estatal dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en la Comunidad Autonoma de Galicia para el ejercicio de 2010.

Código de ayuda:

S30200/10

Norma:

Orden de 30 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ejecución de acciones formativas experimentales y complementarias de las especialidades formativas del fichero del Servicio Público de Empleo Estatal dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El abono de la subvención se hará efectivo de la siguiente forma:

a) Hasta el 65 por 100 del importe de cada acción formativa, en concepto de anticipo, en el momento en
el que la Dirección General de Formación y Colocación reciba comunicación de la entidad impartidora
en la que se notifique el inicio de cada acción formativa, así como la documentación señalada en los
párrafos 1, 2 y 3 del artículo 8º de esta orden, de ser el caso.

b) El importe restante, una vez finalizadas todas las acciones formativas y justificados los gastos realmente
efectuados en cada una.

c) Podrán acordarse pagos parciales a la cuenta de la liquidación definitiva a medida que la entidad
beneficiaria justifique los libramientos anteriores, que nunca serán superiores al 80% de la subvención
concedida.

d) Para el caso de que se subvencionen varios cursos a una misma entidad, se podrán abonar anticipos
de incluso el 65% de la subvención concedida, una vez que la entidad acredite el inicio del primero de
los cursos, siempre que se constituya garantía a favor de la Consellería de Trabajo y Bienestar (Xunta de
Galicia), mediante seguro de caución prestado por entidad aseguradora o mediante aval solidario de la
entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Programa a: las universidades gallegas, así como entidades expresamente vinculadas a las mismas.

Programa b: empresas, agrupaciones de empresas, entidades sin ánimo de lucro, entidades locales y corporaciones de derecho público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Cursos de posgrado y cursos organizados por escuelas de especialización profesional de las universidades gallegas, así como de aquellas entidades expresamente vinculadas a las universidades, dirigidos al avance de la empleabilidad de las personas con titulación universitaria, que tengan carácter ocupacional y sean útiles para el avance de la inserción laboral de las personas posgraduadas.

b) Acciones de carácter experimental que no tengan cabida en las especialidades formativas del fichero
del Servicio Público de Empleo Estatal y que mejoren la empleabilidad de las personas destinatarias, siempre que haya expectativas razonables de inserción laboral de las alumnas y de los alumnos participantes.

No se considerarán experimentales aquellas especialidades que se limiten a combinar distintos módulos
formativos de las especialidades del fichero del Servicio Público de Empleo Estatal.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento