Subvenciones para la programacion de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio de 2009.

Código de ayuda:

S11373/09

Norma:

Orden de 13 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las iniciativas de formación dirigidas al reciclaje y recualificación de trabajadores de los sectores estratégicos en la situación sociolaboral de Galicia: textil, alimentación, madera, construcción y metal (preferentemente del sector de automoción) y aquellos otros sectores que como consecuencia de la crisis económica tuvieran una pérdida de la afiliación a la Seguridad Social superior al 1%, en el momento de la publicación de esta orden, correspondientes al ejercicio de 2009, gestionadas por la Consellería de Trabajo, a través de la Dirección General de Formación y Colocación.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas recogidas en estos programas dirigidas a las empresas que formen sus propios
trabajadores/as no podrá exceder de los límites establecidos en el Reglamento (CE) número 800/2008,
de 6 de agosto de 2008, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas y agrupaciones de empresas de los sectores estratégicos en la situación sociolaboral de Galicia: textil, alimentación, madera, construcción y metal (preferentemente del sector de automoción) y aquellos otros que puedan surgir como consecuencia de la crisis económica y que sirvan para paliar los efectos de la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Todas las acciones formativas serán objeto de subvención para compensar los costes derivados de
su ejecución en la proporción y cuantía que se determine en esta orden, siempre que se trate de gastos
elegibles y que se justifiquen de acuerdo con lo establecido en este orden y en el resto de normativa de
aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento