Subvenciones para la produccion de series y largometrajes de animacion destinados a ser emitidos por television.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S21319/12

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/1098/2012, de 22 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1201/2012, de 11 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1677/2012, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la producción de series y largometrajes de animación destinados a ser emitidos por televisión, con una clara voluntad innovadora, tanto desde la perspectiva formal como técnica, y que estén dirigidos preferentemente a un público objetivo joven.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para los largometrajes televisivos de animación, las subvenciones consistirán en una cantidad global de hasta 140.000,00 euros por proyecto.

b) Para series de animación, las subvenciones consistirán en una cantidad global de hasta 240.000,00 euros por proyecto.

En todos los casos, el importe otorgable por proyecto no podrá ser superior al 40% del coste de producción y resto sujeto a las disponibilidades presupuestarias del Instituto Catalán de las Empresas Culturales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La producción de series y largometrajes de animación destinados a ser emitidos por televisión, con una clara voluntad innovadora, tanto desde la perspectiva formal como técnica, y que estén dirigidos preferentemente a un público objetivo joven.

Requisitos:

a) El largometraje de animación deberá tener una duración mínima de 55 minutos.

b) Las series de animación deberán tener una duración global mínima de 150 minutos.

c) El/La destinatario/a de la subvención deberá encargarse de la producción ejecutiva del proyecto.

d) Incorporar a la producción, en régimen de prácticas para alguna de las especialidades de guión, producción, diseño de personajes y fondo, animación o dirección, alumnos o graduados/as de centros de estudios audiovisuales reglados o universitarios de enseñanza audiovisual o artística de Cataluña.

e) El contenido del proyecto no podrá derivar de ninguna serie de televisión ya desarrollada.

f) El gasto en la producción y la posproducción de la participación catalana en el proyecto deberá corresponder, en un 75% como mínimo, a trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas o con establecimiento permanente en Cataluña. A efectos de las presentes bases se entenderá por participación catalana la inversión económica realizada por empresas productoras domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en Cataluña.

g) El largometraje o la serie de animación deberá haber sido financiado en más de un 50% por empresas con domicilio social en Cataluña o bien de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y establecidas en Cataluña, o por sociedades participadas en más de un 50% por las empresas mencionadas.

h) Disponer de una carta de compromiso en la que se especifique la cuantía de la participación, con una empresa titular de la explotación de un canal de televisión que garantice una amplia difusión en abierto en el territorio de Cataluña, donde se especifique el importe de su respectiva aportación.

Documentos asociados

Boletín: 11/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6155
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 03/09/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6205
Documento: Convocatoria 2012 Descargar Documento